Guarda y custodia compartida.
- Wen Dominguez Nieto
- 14 sept 2016
- 1 Min. de lectura
Una de las cosas que se tienen que dejar definidas con respecto a los menores de edad, en caso de separación o divorcio, es la guarda y custodia y la convivencia con el menor. Este tema se define dentro del proceso que se lleva ante el Juzgado, y en los casos en que los padres no presenten un convenio al respecto, en el que estén de acuerdo respecto a este tema, es el Juez el que tiene la última palabra al decidir cuál de los padres conserva la guarda y custodia, y la manera en la que se dará la convivencia con el menor (días de visita, vacaciones, fines de semana, etc.) , analizando las circunstancias de ambos padres, siempre tomando en consideración el mayor bienestar de los menores.
No te dejes engañar! Ningún acuerdo de palabra, documento firmado de puño y letra, o cualquier otro papel que no sea una sentencia judicial al respecto, tiene validez ante la ley. Uno de los derechos fundamentales de los niños, es la convivencia con ambos padres, y sólo en casos muy graves, señalados en la ley, esto puede ser impedido, no sin antes llevar a cabo el procedimiento correspondiente.
Tienes dudas al respecto? Te encuentras en una situación similar y no sabes qué hacer? Agenda una cita, la información es la mejor herramienta para tomar decisiones acertadas.

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